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Department of Taxation and Finance

Instrucciones para el Formulario IT-229 Crédito de desgravación por impuesto inmobiliario

IT-229-I


Versión para impresora (PDF) (en inglés)

Información general

Para los ejercicios fiscales que comienzan el 1 de enero de 2021, o en una fecha posterior, si usted es elegible, puede reclamar el crédito de desgravación por impuesto inmobiliario sobre su residencia. Si no usa la totalidad del crédito en el ejercicio fiscal actual, puede solicitar un reintegro o acreditar el sobrepago a la obligación tributaria del próximo año. No le pagarán intereses sobre la parte de su reintegro o sobrepago atribuida al crédito de desgravación por impuesto inmobiliario.

Nota: Si desglosa deducciones en su declaración del impuesto sobre el ingreso del Estado de Nueva York, debe restar el importe de este crédito al total de impuestos inmobiliarios que declara (consulte el Formulario IT-196New York Resident, Nonresident, and Part-Year Resident Itemized Deductions [Deducciones para residentes, no residentes y residentes durante parte del año de Nueva York]).

Elegibilidad

Para ser elegible para este crédito, usted debe cumplir con todos los siguientes requisitos:

  • usted es un contribuyente del Estado de Nueva York que, a los fines de este crédito, debe presentar una declaración de impuestos conforme al Artículo 22 de la Ley Tributaria;
  • fue residente del Estado de Nueva York durante todo el ejercicio fiscal;
  • era propietario de un inmueble que:
    • fue su residencia primaria durante seis meses o más del ejercicio fiscal, y
    • recibió el beneficio STAR como una exención o como un crédito;
  • cualquier dinero de alquiler que recibió por el uso no residencial de su residencia fue del 20% o menos de los ingresos de alquiler totales que recibió;
  • pagó los impuestos sobre bienes inmuebles sobre la propiedad parcial o totalmente; y
  • su ingreso bruto calificado fue de $250,000 o menos.

Definiciones

Ingreso bruto calificado se refiere a su ingreso bruto federal ajustado (FAGI) calculado para el ejercicio fiscal 2022 independientemente de que el Estado de Nueva York se separe de los cambios al IRC que normalmente se requerirían. (Sección 607(a) de la Ley Tributaria)

Al calcular su ingreso bruto calificado, el importe neto de la pérdida que declare en cada uno de los siguientes esquemas federales o cualquier otra categoría por separado de pérdida no puede ser de más de $3,000 por esquema o categoría:

  • Esquema C,
  • Esquema D,
  • Esquema E,
  • Esquema F, o
  • cualquier otra categoría de pérdida por separado,

y el total de todas las pérdidas que declare se limita a $15,000.

Residencia:

A los fines de este crédito, una residencia que califica:

  • es una vivienda propiedad del contribuyente y usada por él como su residencia primaria;
  • puede consistir en una parte de una cooperativa o un condominio; y
  • incluye un remolque o una casa rodante utilizado para fines residenciales.

Impuestos sobre bienes inmuebles que califican significa todos los impuestos sobre bienes inmuebles, gravámenes especiales ad valorem y valoraciones especiales (no incluye sanciones e intereses) que pagó sobre la residencia que era de su propiedad y que ocupó, luego de restar el importe total de todos los créditos STAR y créditos de devolución de impuestos para propietarios de vivienda que recibió este ejercicio fiscal.

Posibles ajustes a impuestos sobre bienes inmuebles que califican

  • Si recibe la exención para ciudadanos de edad avanzada, puede decidir incluir cualquier importe adicional que se hubiera aplicado y pagado si no hubiera recibido la exención para ciudadanos de edad avanzada.
  • Si es un inquilino accionista en una cooperativa o un condominio y se le permite una deducción en los impuestos sobre bienes inmuebles conforme a la Sección 216 del IRC, el importe de la deducción se incluye en los impuestos sobre bienes inmuebles que califican. Esto incluye una deducción que se hubiera permitido si presentó declaraciones de impuestos sobre una base en efectivo.
  • Si su residencia es parte integrante de una unidad más grande, debe realizar una distribución razonable de los impuestos sobre bienes inmuebles que califican para su residencia.
  • Si fue dueño de dos residencias en un mismo ejercicio fiscal y ocupó las dos, primero debe determinar el importe de impuestos sobre bienes inmuebles que calificanque pagó para cada inmueble durante el período que ocupó cada una, y luego sumar los dos importes para obtener el total de impuestos sobre bienes inmuebles que califican.
  • Si fue propietario y ocupó más de un inmueble y también alquiló una residencia en el Estado de Nueva York durante el mismo ejercicio fiscal, solamente puede incluir el importe de los impuestos sobre bienes inmuebles que califican (qualifying real property taxes, QRPT) que pagó durante el período en que fue propietario de la residencia. Nota: Al completar el Esquema B, Computation of QRPT (Cálculo de QRPT), debe prorratear los impuestos sobre bienes inmuebles pagos informados en la columna F por el número de días que residió en el inmueble durante el año aplicando el porcentaje de asignación indicado en la columna A.

Para calificar para incluir impuestos sobre bienes inmuebles que califican, usted o su cónyuge deben haber:

    • ocupado la residencia durante 183 días o más del ejercicio fiscal,
    • sido propietarios de la residencia, y
    • pagado los impuestos.
  • Si se va de vacaciones durante un tiempo considerable, aún puede reclamar el crédito por el año completo.
  • Si hay más de un propietario del inmueble que califica, cada propietario que es un contribuyente del Estado de Nueva York que, a los fines de este crédito, debe presentar una declaración de impuestos conforme al Artículo 22 de la Ley Tributaria puede distribuir el crédito calculado y reclamado con base en el importe de impuestos sobre bienes inmuebles pagado, no sobre su porcentaje de titularidad.

Exceso de impuestos sobre bienes inmuebles es el exceso de impuestos sobre bienes inmuebles sobre su ingreso bruto calificado.

Parte 1: Determine su elegibilidad y la de su residencia

Línea 2: El importe de la línea 8 es su ingreso bruto calificado. Si su ingreso bruto calificado es de más de $250,000, entonces no es elegible para el crédito.

Línea 5: Puede reclamar este crédito solamente si cualquier dinero de alquiler que recibió por el uso no residencial de su residencia fue del 20% o menos de los ingresos de alquiler totales que recibió.

Nota: Si no recibió ningún alquiler por este inmueble, entonces marque el casillero Yes (Sí) de esta línea con una X.

Parte 2: Determinar el ingreso bruto calificado

Al calcular su ingreso bruto calificado, el importe neto de la pérdida que declare en cada uno de los siguientes esquemas federales o cualquier otra categoría por separado de pérdida no puede ser de más de $3,000 por esquema o categoría:

  • Esquema C,
  • Esquema D,
  • Esquema E,
  • Esquema F, o
  • cualquier otra categoría de pérdida por separado,

y el total de todas las pérdidas que declare se limita a $15,000.

Planilla Parte 2, Línea 7

Columna A:

  • Ingrese como un importe positivo todas las pérdidas declaradas en cada esquema federal que presentó.
  • Ingrese 0 si el importe declarado es una ganancia para cualquiera de los esquemas.
  • Si tiene más de tres esquemas para cada categoría, utilice una planilla adicional que siga un formato similar.
  • Sume los importes en cada categoría e ingrese el total en las líneas 1, 2, 3, 4 y 5.

Columna B:

Ingrese el importe de la columna A. Si cualquier importe en la columna A para las líneas 1, 2, 3, 4, o 5 es $3,000 o más, ingrese 3000.

Importante:

  • El importe neto de pérdida que declaró en cada esquema federal no puede superar los $3,000 por esquema.
  • El total de todas las pérdidas permitidas no puede superar los $15,000.

Planilla Parte 2, Línea 7
Esquemas federales

A
Importe de pérdidas declaradas
en esquemas federales

B
Importe de pérdidas permitidas
por categoría
(ingresar el importe de la columna A,
si supera los 3,000, ingresar 3000)

C
Exceso de pérdidas
(restar la columna B a la columna A)
Esquema C
1a Importe de pérdida declarado en el 1er Esquema C
1b Importe de pérdida declarado en el 2do Esquema C
1c Importe de pérdida declarado en el 3er Esquema C
1d Pérdidas totales declaradas en Esquemas C adicionales
1 Pérdidas totales declaradas en el Esquema C (sumar las líneas 1a, 1b, 1c, y 1d)
Esquema D
2 Importe total de pérdida declarado en el Esquema D
Esquema E
3 Importe total de pérdida declarado en el Esquema E
Esquema F
4a Importe de pérdida declarado en el 1er Esquema F
4b Importe de pérdida declarado en el 2do Esquema F
4c Importe de pérdida declarado en el 3er Esquema F
4d Pérdidas totales declaradas en Esquemas F adicionales
4 Pérdidas totales declaradas en el Esquema F (sumar las líneas 4a, 4b, 4c, y 4d) 
Otras pérdidas
5a Importe de otras pérdidas incluidas en el ingreso bruto federal ajustado (federal adjusted gross income, FAGI)
5b Importe de otras pérdidas incluidas en el FAGI
5c Importe de otras pérdidas incluidas en el FAGI
5d Otras pérdidas adicionales totales incluidas en el FAGI
5 Otras pérdidas totales incluidas en el FAGI (sumar las líneas 5a, 5b, 5c, y 5d)
Total
6 Exceso de pérdidas total (sumar todos los importes en la columna C e ingresar el resultado en el Formulario IT-229, línea 7)

Nota: Si no tiene pérdidas federales, ingrese 0 (cero) en la línea 7.

Parte 3: Información sobre la residencia y cálculo de los impuestos sobre bienes inmuebles que califican pagados

Esquema A, columna C: Divida la columna B por el número total de días en el ejercicio fiscal y lleve el resultado a cuatro decimales.

Esquema B, columnas B, C y D: Ingrese un importe en cada columna que sea solo para la residencia indicada.

Esquema B, columna B: Ingrese todos los importes de impuestos sobre bienes inmuebles pagados oportunamente en 2022. Puede incluir pagos en cuotas para impuestos sobre bienes inmuebles realizados en 2022 para el ejercicio fiscal anterior si realizó esos pagos a tiempo. Sin embargo, solo puede incluir pagos en cuotas para impuestos sobre bienes inmuebles de 2022 si realizó esos pagos en 2022

Esquema B, columna C :Declare todas las sanciones y los intereses pagados incluidos en los impuestos sobre bienes inmuebles indicados en la columna B.

Esquema B, columna D: Ingrese el importe total de todos los créditos STAR y créditos de devolución de impuestos para propietarios de vivienda que recibió este ejercicio fiscal. No incluya ninguna exención de STAR indicada en su factura de impuestos.

Esquema B, columna G: Si ocupó la residencia durante solamente parte del año, el importe de sus impuestos sobre bienes inmuebles que califican está basado en la parte de los impuestos sobre bienes inmuebles que calificanque pagó durante los períodos en que ocupó la residencia.

Línea 9: Los impuestos sobre bienes inmuebles que califican son la suma de la parte de los impuestos sobre bienes inmuebles que califican que pagó durante los períodos en que ocupó la residencia.

Parte 4: Calcule el crédito

Línea 11: Si el exceso de impuestos sobre bienes inmuebles calculado en esta línea es cero o menos, deténgase - usted no califica para este crédito.

Línea 12

Determine la tasa de impuesto aplicable con base en su ingreso bruto calificado. El importe de la línea 8 es su ingreso bruto calificado.

  • Si el ingreso bruto calificado es de $75,000 o menos, ingrese 0.1400 en la línea 12.
  • Si el ingreso bruto calificado es de $75,001 o más, utilice las planillas a continuación.
Planilla 1 (ingreso bruto calificado entre $75,001–$150,000)
1. Ingrese el importe del ingreso bruto calificado 1. __________
2. Reste 75,000 a la línea 1 2. __________
3. Divida la línea 2 por 75,000
(lleve el resultado al cuarto decimal)
3. __________
4. Multiplique la línea 3 por 0.05
(lleve el resultado al cuarto decimal)
4. __________
5. Reste la línea 4 a 0.1400 e ingrese el resultado en el Formulario IT-229, línea 12 5. __________
Planilla 2 (ingreso bruto calificado entre $150,001–$250,000)
1. Ingrese el importe del ingreso bruto calificado 1. __________
2. Reste 150,000 a la línea 1 2. __________
3. Divida la línea 2 por 100,000
(lleve el resultado al cuarto decimal)
3. __________
4. Multiplique la línea 3 por 0.06
(lleve el resultado al cuarto decimal)
4. __________
5. Reste la línea 4 a 0.0900 e ingrese el resultado en el Formulario IT-229, línea 12 5. __________

Línea 13: El importe de crédito permitido es el exceso de impuestos sobre bienes inmuebles en la línea 11 multiplicado por la tarifa aplicable que calculó en la línea 12.

Línea 14: El importe máximo de crédito permitido es $350.

Línea 15: No se permite ningún crédito si el importe del crédito calculado en la línea 13 es menos de $250. Ingrese el importe de la línea 15 y el código 229en el Formulario IT-201-ATT, línea 12.

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