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Publicación 130-D, La auditoría fiscal del Estado de Nueva York – Sus derechos y responsabilidades


El Departamento de Impuestos y Finanzas (Department of Taxation and Finance) realiza auditorías para verificar que los contribuyentes hayan pagado la cantidad correcta de impuestos. Durante la auditoría, es posible que deba proporcionarle al técnico todos los registros necesarios para verificar la información que informó en su declaración. Dependiendo del tipo de declaración que se audite, esto puede incluir una evaluación de sus ingresos, recibos, gastos, créditos y otros registros comerciales.

Estándares de auditoría profesional (Professional audit standards)

Las auditorías se realizan de acuerdo con los estándares de auditoría profesional por un técnico del Departamento de Impuestos (Tax Department) que conozca los procedimientos generalmente aceptados sobre contabilidad y técnicas de auditoría.

Para evitar conflictos de interés, el técnico no puede tener ninguna relación personal con el contribuyente, la familia del contribuyente o los empleados del contribuyente (en caso de una auditoría empresarial). Además, el técnico no debe tener ningún interés personal o financiero en una empresa que esté siendo auditada.

Durante el transcurso de una auditoría, tiene derecho a recibir un trato justo, cortés y profesional. Si en cualquier momento durante la auditoría usted considera que estos estándares o cualquiera de sus derechos está siendo violados, debe comunicarse de inmediato con el supervisor del técnico.

Para informar acusaciones de conducta indebida fraudulenta de un empleado, comuníquese con la Oficina de Asuntos Internos por teléfono al 518-451-1566 o por correo a:

NYS TAX DEPARTMENT
OFFICE OF INTERNAL AFFAIRS
W A HARRIMAN CAMPUS
ALBANY NY 12227-0811

Si no va a utilizar el Servicio Postal de Estados Unidos, consulte la Publicación 55, Designated Private Delivery Services [Servicios de entrega privada designados].

Plazo de prescripción (Statute of limitations)

La Ley Tributaria del Estado de Nueva York generalmente establece un plazo de prescripción de tres años para las auditorías tributarias, más allá del cual el Departamento de Impuestos (Tax Department) no puede realizar auditorías sin su consentimiento por escrito. Sin embargo, el plazo de prescripción no se aplica a ningún período durante el cual usted no presentó una declaración, no informó cambios federales o presentó una declaración falsa o fraudulenta para evadir impuestos. Para más información, visite nuestro sitio web (consulte Need help? [¿Necesita ayuda?]).

Privacidad y confidencialidad (Privacy and confidentiality)

Tiene derecho a saber por qué le pedimos cierta información, cómo usaremos la información y las consecuencias de no suministrar la información. La Ley Tributaria nos prohíbe revelar información obtenida de una declaración de impuestos o durante una auditoría a cualquier persona no autorizada. Sin embargo, la Ley Tributaria nos permite compartir su información fiscal con el Servicio de Impuestos Internos (IRS) y otras agencias gubernamentales, dentro de estándares definidos de confidencialidad y reciprocidad. Para más información, consulte Privacy and confidentiality (Privacidad y confidencialidad).

Representación (Representation)

Puede contratar representación en cualquier momento durante una auditoría o suspender una reunión o entrevista en cualquier momento para obtener representación. La persona que lo represente deberá estar debidamente autorizada por usted Formulario POA‑1, Poder Notarial (Form POA-1, Power of Attorney) para actuar en su representación.

Los exempleados del Departamento de Impuestos no pueden representar a los contribuyentes ante el departamento por un período de dos años después de que dejen el departamento. (Sujeto a algunas restricciones, los exempleados pueden representar a contribuyentes ante la División de Apelaciones de Asuntos Tributarios independientes durante este período de dos años). Los exempleados tienen permanentemente prohibido representar a contribuyentes en asuntos en los que estuvieron involucrados durante el período de su empleo.

Grabación de audio (Audio recording)

Puede grabar en audio cualquier entrevista en persona, pero debe enviarnos una notificación con antelación. La grabación deberá hacerla cubriendo los gastos y con su propio equipo. También tenemos derecho de grabar cualquier entrevista en persona, previa notificación.

The desk audit (La auditoría documental)

Una auditoría documental es una revisión de las declaraciones de impuestos, solicitudes de reembolso u otros documentos que haya presentado. Sin embargo, puede referirse a informes no presentados o información recibida de otras fuentes, como el IRS.

Si necesitamos información adicional, le enviaremos una carta para informarle de la auditoría documental y solicitar la información necesaria. Le daremos un plazo razonable para responder a la solicitud.

Hallazgos de la auditoría (Audit findings)

Si existen impuestos adicionales adeudados, le enviaremos una Declaración de Cambios Propuestos de Auditoría o un documento similar que lo justifique. Le daremos un plazo razonable para responder. Sin embargo, si la auditoría da como resultado un reembolso, recibirá una notificación de su reembolso con una carta explicativa.

Si los hallazgos preliminares de la auditoría tienen como resultado un efecto material en la declaración de otro impuesto, podemos remitir los hallazgos a otra especialidad fiscal en cualquier momento durante el proceso de auditoría. Podemos utilizar ajustes de auditoría de una especialidad fiscal como base para recalcular el impuesto en otra, dependiendo de los hechos y circunstancias del caso.

Si está de acuerdo (If you agree)

Si está de acuerdo con los hallazgos de la auditoría, le pediremos que firme la Declaración de Cambios Propuestos de Auditoría o un documento similar y que pague el monto adeudado (pay the amount due).

Si debe dinero, pero no puede pagar la totalidad del monto inmediatamente, puede ser elegible para un acuerdo de pago fraccionado (installment payment agreement), lo que le permitirá repartir sus pagos en un cierto plazo. Sin embargo, los intereses (y posibles multas) seguirán acumulándose en el saldo deudor.

Si no está de acuerdo (If you disagree)

Si no está de acuerdo con los hallazgos de la auditoría, deberá presentar información adicional para respaldar su desacuerdo y enviarnos de vuelta una copia de su declaración. El técnico revisará cualquier información adicional que usted presente y, si corresponde, le informará sobre la decisión por escrito.

Si sigue estando en desacuerdo con los hallazgos de la auditoría, le enviaremos un Aviso de Determinación o un Aviso de Deficiencia para los impuestos adeudados. En este punto puede apelar los hallazgos de la auditoría a través de la Oficina de Servicios de Conciliación y Mediación (Bureau of Conciliation and Mediation Services) o la División de Apelaciones de Asuntos Tributarios (Division of Tax Appeals).

En general, debe presentar su apelación dentro de los 90 días siguientes a la fecha de emisión del aviso. Consulte el aviso que recibió para conocer el límite de tiempo aplicable. Debe presentar una apelación por escrito incluso si previamente escribió al Departamento de Impuestos (Tax Department) y objetó la posición adoptada en la Declaración de Cambios Propuestos de Auditoría o un documento similar.

Para casos de impuestos inmobiliarios, debe apelar a través de la Oficina de Servicios de Conciliación y Mediación (Bureau of Conciliation and Mediation Services) o a través del Tribunal Testamentario del condado.

Multas e intereses (Penalties and interest

Las tres razones más comunes de las multas impositivas son:

  • presentar tarde una declaración,
  • impuestos atrasados
  • pago insuficiente del impuesto estimado.

Puede evitar multas e intereses (penalties and interest) presentando sus declaraciones de impuestos y pagando la cantidad correcta de impuestos a tiempo.

Las multas por presentar tarde la declaración de impuestos y por impuestos en mora por lo general están basadas en el monto del impuesto atrasado. Sin embargo, existen varias sanciones por presentar tarde la declaración, incluso si no adeuda impuestos.

Ya sea que esté de acuerdo o en desacuerdo con los impuestos, intereses o multas, tanto los intereses como las multas se seguirán agregando al monto adeudado hasta que recibamos el pago completo. Para más información, consulte Penalties and interest (Multas e intereses).

Reclamo de reembolsos (Claims for refund)

La mayoría de los contribuyentes normalmente asocian los reembolsos de impuestos con un crédito reembolsable o un sobrepago de retención o impuesto estimado. Sin embargo, después de presentar una declaración original, es posible que se dé cuenta de que pasó por alto un crédito, una deducción o una exención. Para algunos tipos de impuesto, debe presentar una declaración corregida para reclamar el reembolso. Para otros tipos de impuestos, debe presentar un reclamo de reembolso acompañado de documentación que justifique el pago erróneo o sobrepago de los impuestos. Para más información, consulte Need help? (Necesita ayuda?)

Si ajustamos o rechazamos el reembolso que solicita, le enviaremos un aviso por escrito para explicarle los derechos que pueda tener para presentar un reclamo. Si no está de acuerdo con el ajuste o rechazo de un reembolso, puede presentar información adicional para justificar su posición. Si aún está en desacuerdo después de nuestra revisión, puede presentar un reclamo en la Oficina de Servicios de Conciliación y Medicación (Bureau of Conciliation and Mediation Services) o la División de Apelaciones de Asuntos Tributarios (Division of Tax Appeals). (Consulte Su derecho a presentar un reclamo por una acción tomada por el Departamento de Impuestos, a continuación.) Sin embargo, si ha recibido un documento que especifica el límite de tiempo para presentar el reclamo de nuestra determinación ante la Oficina de Servicios de Conciliación y Medicación (Bureau of Conciliation and Mediation Services) o la División de Apelaciones de Asuntos Tributarios (Division of Tax Appeals), su tiempo para solicitar una revisión no se extiende por ninguna correspondencia o contacto adicional con nosotros.

Para más información, consulte Claims for refund (Reclamo de reembolsos).

Protestar un aviso del departamento (Protest a department notice)

Si no está de acuerdo con alguna acción que hayamos tomado, puede presentar un reclamo en el Formulario CMS-1 (Form CMS-1), Solicitud de Conferencia de Conciliación) o presentando el formulario TA-100 (Form TA-100), Petición para solicitar una audiencia de apelación con la División de Apelaciones de Asuntos Tributarios (Division of Tax Appeals). Estas acciones pueden incluir:

  • la emisión de una deficiencia o determinación fiscal,
  • el rechazo a un reclamo de reembolso, o
  • el rechazo o revocación de una licencia, registro o certificado de exención.

Usted debe presentar la solicitud o petición en un plazo específico a partir de la fecha en la que el Departamento de Impuestos le envió por correo la notificación de su acción. Consulte el aviso que recibió para conocer el límite de tiempo aplicable. Estos plazos límite los establece la Ley Tributaria y no pueden extenderse. Si envía por correspondencia su solicitud o petición, recomendamos que use correo certificado o registrado.

Puede comparecer en representación de usted mismo o tener un representante legal que presente su caso para someterlo a revisión.  Un representante legal debe tener un poder notarial de su parte Formulario POA-1 (Form POA-1).

No tiene derechos de audiencia de pago anticipado si debe impuestos, intereses o multas debido a:

  • errores matemáticos o administrativos en una declaración,
  • cambios hechos a su declaración federal por parte del IRS
  • falta del pago total o parcial del impuesto adeudado según aparece en su declaración.

Nota: Los declarantes de impuestos inmobiliarios no son elegibles para audiencias ante la División de Apelaciones de Asuntos Tributarios (Division of Tax Appeals).

Para impuestos inmobiliarios, si elige no presentar una Solicitud de Conferencia de Conciliación, debe presentar un Aviso de Petición y una Petición Verificada con el Tribunal Testamentario del condado que tenga jurisdicción sobre el inmueble si desea iniciar una acción judicial. Para obtener un formulario de petición de impuestos inmobiliarios, comuníquese con el secretario del Tribunal Testamentario local que tenga jurisdicción sobre el inmueble.

Si presenta un Aviso de Petición y una Petición Verificada al Tribunal Testamentario, debe presentar una copia al mismo tiempo ante el Comisionado de Impuestos y Finanzas.

NYS TAX DEPARTMENT
OFFICE OF COUNSEL
W A HARRIMAN CAMPUS
ALBANY NY 12227-0911

Si no va a utilizar el Servicio Postal de Estados Unidos, consulte la Publicación 55, Designated Private Delivery Services [Servicios de entrega privada designados].

Conferencia de conciliación (Conciliation conference)

Una conferencia de conciliación es una manera más rápida y económica de resolver los reclamos sin una audiencia. La conferencia se realiza de manera informal un conferencista de conciliación que revisará toda la evidencia presentada para determinar un resultado justo. Después de la conferencia, el conferencista le enviará una propuesta de solución en forma de laudo conciliatorio. La orden de conciliación es vinculante a menos que presente una petición, Formulario TA-100 (Form TA-100), ante la División de Apelaciones de Asuntos Tributarios (Division of Tax Appeals). Consulte la información que recibe con la orden para conocer el límite de tiempo aplicable para presentar la solicitud.

Las conferencias de conciliación no están disponibles para distribuidores, transportistas importadores, operadores de terminales o negocios petroleros en los casos en los que el asunto tratado sea un aumento de una fianza u otro depósito de seguridad. Solo la División de Apelaciones de Asuntos Tributarios (Division of Tax Appeals) puede ocuparse de estos asuntos. Para más información, consulte Conciliation conference (Conferencia de conciliación).

Audiencia de apelaciones de asuntos tributarios (Tax Appeals hearing)

Para solicitar una audiencia de apelaciones de asuntos tributarios, debe presentar el Formulario TA-100 (Form TA-100) ante la División de Apelaciones de Asuntos Tributarios (Division of Tax Appeals). Debe indicar por escrito las acciones específicas del Departamento de Impuestos por las que reclama.

La audiencia es un procedimiento contencioso ante un juez administrativo imparcial. Se informará de manera estenográfica. Después de la audiencia, el juez administrativo emitirá una determinación que decidirá de manera definitiva el asunto en disputa, a menos que usted o el Departamento de Impuestos solicite una revisión de la determinación del Tribunal de Apelaciones de Asuntos Tributarios. Si eso sucede, el Tribunal:

  • revisará el registro de la audiencia y cualquier otro argumento adicional oral o escrito y
  • emitirá una decisión afirmando, revocando o modificando la determinación del juez administrativo, o
  • remitirá el asunto de vuelta al juez administrativo para otra comparecencia.

Una solicitud de formularios de petición y de las reglas no se considera la solicitud de una petición para una audiencia para fines de los límites de plazo y no extiende los plazos límite para presentar una petición.

Revisión del tribunal: Si no está de acuerdo con la decisión del Tribunal de Apelaciones de Asuntos Tributarios, puede solicitar una revisión del tribunal. Existen plazos limite dentro de los cuales puede apelar a una revisión del tribunal (por lo general, en un período de cuatro meses desde que el Tribunal de Apelaciones de Asuntos Tributarios le presente el aviso de la decisión, a través del correo certificado o servicio personal). Para algunos impuestos, deberá pagar el impuesto, interés y multa, o depositar una fianza por este monto, más los costos del tribunal, cuando presente una apelación para someterla a revisión por parte del tribunal.

Opción de reclamos menores: Si el monto disputado se encuentra dentro de los límites monetarios establecidos por las Reglas de procedimiento y procesales del Tribunal de Apelaciones de Asuntos Tributarios, puede elegir que su audiencia se realice en la Unidad de reclamos menores (Small Claims Unit) de la División de Apelaciones de Asuntos Tributarios (Division of Tax Appeals). Un funcionario imparcial llevará a cabo la audiencia de reclamos menores. La decisión del funcionario es concluyente y no está sujeta a revisión por parte de ninguna otra unidad en la División de Apelaciones de Asuntos Tributarios (Division of Tax Appeals), del Tribunal de apelaciones de asuntos tributarios ni de cualquier tribunal del Estado.

El Formulario TA-100 (Form TA-100) y las Reglas de procedimiento y procesales del Tribunal de Apelaciones de Asuntos Tributarios están disponibles en el sitio web de la División de Apelaciones de Asuntos Tributarios (Division of Tax Appeals) www.dta.ny.gov. También puede solicitarlos llamando al 518-266-3000, o escribiendo a: División de Apelaciones de Asuntos Tributarios (Division of Tax Appeals), Agency Building 1, Empire State Plaza, Albany NY 12223.

Necesita ayuda? (Need help?)

Visite nuestras páginas de ayuda (Help) para obtener más información.

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